El Riesgo de la Revinculación entre el Padre Agresor Sexual y su Hija/o

El principio del “interés superior del niño” promovido por la Convención de los Derechos del Niño – CDN- implica que primero está el niño. Es un lugar jerárquicamente superior a los propios padres y a la “familia”. En sus arts. 3 y 9 la Convención de los Derechos del Niño así lo clarifica.

Esto cobra especial relevancia cuando hay una denuncia de abuso sexual del niño donde la protección esta exigida por la misma CDN en sus arts. 19 y 34.En los casos de abuso intrafamiliar la re vinculación supone uno de los mayores riesgos al interés superior de las víctimas, donde la falta de coordinación entre los procesos civil y penal puede causar una violencia institucional con consecuencias irreparables para el niño/a.

Con frecuencia se advierte la existencia de una grave contradicción entre ambos procesos: mientras que el presunto agresor está siendo investigado o procesado por la justicia penal, la justicia civil determina la revinculación del niño/a con su agresor, anteponiendo el vínculo biológico por sobre el presunto delito.

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